C/ Lagasca, 88 - 6º - 28001 Madrid
Teléfono : 91.431.91.60
Fax : 91.577.55.60
A) PASAPORTE:
Los españoles que ingresen en Chile por un período no superior a 90 días requieren los siguientes documentos:
• Pasaporte en vigor (no es válido el DNI), billete de regreso y medios económicos demostrables para la estancia.
• En el momento de su ingreso en Chile, la Policía de Investigaciones (PDI) entrega en el control de pasaportes una tarjeta de turismo a los turistas extranjeros. Dicha tarjeta deberá presentarse en el momento de salir del país. Es imprescindible conservarla hasta entonces.
B) VISADO:
No se precisa visado para estancias de hasta 90 días por turismo. No obstante, si las autoridades chilenas de migración lo exigen, debe presentarse un billete de regreso a España.
Si hay una expectativa de que el límite de los 90 días de estancia puede superarse, hay que solicitar una prórroga ante las autoridades locales. De lo contrario, el viajero puede ser multado por estancia ilegal o incluso ser expulsado durante los 60 primeros días de esa estancia ilegal.
Si se tiene intención de residir en Chile por razón de trabajo, estudios u otras razones previstas por la legislación chilena, se debe obtener el preceptivo visado antes de viajar en un Consulado de Chile en España. Se puede obtener información sobre los distintos visados en www.extranjeria.gob.cl/visas/
C) ESTANCIAS DE CORTA DURACIÓN:
En los casos de personas que viajan a Chile para realizar prestaciones laborales de corta duración (consultoría, asistencia técnica, etc.) el procedimiento a seguir es el siguiente:
La empresa extranjera deberá presentar con un mínimo de cinco días hábiles una carta formal ante el Consulado de Chile que corresponda, indicando los motivos del desplazamiento del trabajador a Chile, los trabajos que realizará, el itinerario de vuelo, el número de pasaporte, la fecha de ingreso y de salida de Chile y señalando expresamente que la empresa filial en Chile se hará responsable de la tramitación del permiso de trabajo correspondiente tan pronto el trabajador llegue a Chile, ante el Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública. Junto con la carta, deberá presentar los billetes de avión y el pasaporte del trabajador que vaya a desplazarse. Es importante tener presente que siempre prevalecerá la decisión que adopte la Policía de Investigaciones de Chile, al momento en que el extranjero efectúe el control migratorio.
D) TRÁMITES ADUANEROS:
En la actualidad deben rellenarse dos impresos para desembarcar en Chile: el de Inmigración y el del Servicio Agrícola Ganadero, aplicables a todos los viajeros. El Servicio Agrícola y Ganadero www.sag.cl controla muy minuciosamente la entrada de alimentos y semillas para preservar la fauna y flora del país. En el mismo aeropuerto, antes de salir con el equipaje, es obligatorio entregar una declaración jurada de no llevar determinados productos de origen vegetal o animal. Si se detectan en la frontera productos de estos orígenes tales como quesos o semillas, pueden ser confiscados y, en caso de no haber sido declarados, la multa puede ser muy elevada.
E) PERMISO DE CONDUCIR:
En Chile se permite conducir con licencia española, y también con licencia internacional durante estancias de turismo que no superen 90 días.
Para aquellas personas que vayan a residir en Chile, existe un Convenio de Canje de Permisos de Conducir entre Chile y España. Se expide el permiso de conducir en cada municipalidad correspondiente al domicilio siempre que la persona tenga una cédula de identidad de extranjeros (R.U.T.), reteniendo las autoridades chilenas el permiso de conducir español.
Debido a la situación actual causada por la Pandemia del Coronavirus (⛔ COVID-19), recomendamos la lectura minuciosa de los apartados de Sanidad, Seguridad y Tramites de Embajadas, antes de planificar su viaje a cualquier país. En la situación actual, las condiciones de entrada y estancia en cualquier país, pueden cambiar sin previo aviso y los documentos de acceso al país, anulados de forma imprevista.
Cancillería: Avda. Andrés Bello 1895, Providencia.
Teléfonos: (+56) 22235 2755 – 22235 2754 – 22235 2761 -22235 7819.
Fax: (+56-2) 2235 1049.
Correo electrónico: emb.santiagodechile@maec.es
Consulado General.
Avda. Nueva Providencia 2353, piso 9º.
Teléfonos: (+56) 226633000--226633085Fax: (+56-2) 2334 5493.
Correo electrónico: cog.santiagodechile@maec.es
Página web: https://exteriores.gob.es/Consulados/santiagodechile
Consejería Cultural y Centro Cultural de España.
Avda. Providencia 927, Providencia.
Teléfonos: (+56) 22795 9700.
Fax: (+56-2) 2795 9750.
Correo electrónico: recepción.cc.chile@aecid.es
Página web: www.ccesantiago.cl
Agregaduría de Defensa.
Merced 186, Depto. 21.
Teléfono: (+56) 22632 0750.
Fax: (+56-2) 2632 0752.
Correo electrónico: agredchil@oc.mde.es
Consejería de Empleo y Seguridad Social.
Las Torcazas 103, of.101, Las Condes.
Teléfono: (+56) 977205282 / (+56) 977205283
Fax: (+56-2) 2228 5176.
Correo electrónico: chile@mites.gob.es
Oficina Económica y Comercial.
Avda. Nueva Providencia 1901, 8º piso, Providencia.
Teléfono: (+56) 22204 9786.
Fax: (+56-2) 2204 5814.
Correo electrónico: santiagochile@comercio.mineco.es
Consejería de Información y Prensa.
Avd. Andrés Bello 1895, Providencia.
Teléfonos: (+56) 222328734- (+56) 223348703
Fax: (+56-2) 2235 9956.
Correo electrónico: santiagodechile@comunicacion.presidencia.gob.es
Consejería de Interior.
Napoleón 3565, Oficina 615, Las Condes.
Teléfono: (+56) 22335 0258.
Correo electrónico: consejeria.chile@interior.es
Información y recomendaciones del Ministerio de Asuntos Exteriores de España para viajeros en Chile.
NO HAY RESTRCCIONES ESPECÍFICAS RELATIVAS A VIAJES A ESTE PAÍS
Se sugiere leer con atención el resto de recomendaciones de viaje.
En cuanto a indicaciones relacionadas con la pandemia por COVID 19, los turistas extranjeros no residentes, para ingresar deberán cumplir los siguientes requisitos:
-Las personas vacunadas: aportar certificado de vacunación completa contra el COVID-19 conforme al país donde hubiese sido suministrada * .
-Las personas no vacunadas o sin certificado de vacunación: aportar certificado PCR negativo con máximo 48 horas desde la salida hacia Chile (vía aérea) o con máximo 48 horas desde la entrada al país (vía terrestre).
* Ya NO es obligatorio obtener con carácter previo al viaje el Pase de Movilidad (documento que acredita las vacunas recibidas). Desde el 1 de septiembre de 2022, se puede ingresar a Chile con el certificado de vacunación expedido por el país de origen. El certificado de vacunación será equivalente al Pase de Movilidad para los turistas extranjeros.
En el caso de chilenos o extranjeros residentes, se recomienda que se realicen un examen PCR, pero no es obligatorio.
Se testea al azar a todas las personas que ingresen desde el extranjero. Las personas que, al tiempo de ingresar al territorio nacional corresponden a un caso confirmado de COVID-19, deberán cumplir con la medida de aislamiento por 5 días en su residencia o en el lugar que la autoridad sanitaria determine.
Para más información consulte el apartado "SANIDAD", así como la web del Ministerio de Sanidad chileno: https://www.minsal.cl/plan-fronteras-protegidas/
Ministerio de Asuntos Exteriores: Recomendaciones de viaje, visados necesarios para visitar un país, condiciones de seguridad… Web del Ministerio de Asuntos Exteriores
Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social: Recomendaciones sobre sanidad para viajeros, tarjeta sanitaria europea, etc. http://www.mscbs.gob.es/
Ministerio de Interior: Expedición de pasaportes, denuncia por pérdida o extravio del documento. http://www.interior.gob.es/
Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social: Ayudas, inserción social, etc. http://www.mitramiss.gob.es/
BOE: Boletín oficial del Estado https://www.boe.es
LosViajeros.com: El mayor Foro de Viajes en Español...
Google-Earth: El programa para explorar el Planeta...