Documentación necesaria para viajar a México. ⭐ Embajada y consulado de México en España (Madrid y Barcelona): dirección, ☎️ teléfono y contacto. ✍ Trámites para obtener el visado o la residencia: Vigencia del pasaporte, ⛔ prohibiciones legales, vacunas obligatorias. Embajada de México: dirección, email y teléfono. Renovación de pasaporte o pérdida, visado turístico, negocios, tránsito. ¿Necesito visado para viajar a México?
Carrera de San Jerónimo, 46
28014 Madrid
Teléfono: 91 369.28.14
Fax: 91 420.22.92
Consulado de México en Barcelona
Paseo de la Bonanova, 55
08017 Barcelona
Teléfono: 93 201.18.22
Fax: 93 200.92.06
Pasaporte/DNI:
Pasaporte español (ordinario, diplomático o de servicio) válido y en vigor durante toda la estancia y salida de México.
MUY IMPORTANTE: dobles nacionales hispano-mexicanos:
La legislación mexicana reconoce la doble nacionalidad, pero los viajeros que posean las nacionalidades española y mexicana deben portar en México, tanto en el momento de la entrada como de la salida del país, su pasaporte mexicano, ya que, de conformidad con la legislación mexicana, ostentan la nacionalidad mexicana y deben identificarse como tales.
Visado:
No se requiere visado para entrar en México siempre y cuando el objeto del viaje sea:
1.Turístico o de vacaciones.
2.Realizar una actividad profesional de corta duración siempre que el viajero esté empleado y retribuido fuera de México y pueda acreditarlo a su entrada si se lo solicitan los agentes de inmigración. Por ejemplo, sería el caso de un trabajador de una empresa española, retribuido en España, que viaje a México para negociar un contrato con empresas mexicanas, para colaborar en la construcción de una planta en la que haya invertido la empresa española que le retribuye, etc. En caso de duda, consulte antes de viajar con la Embajada o el Consulado de México.
En ambos casos, el viajero entra en México con la condición de visitante sin autorización para realizar actividades remuneradas. Se recomienda prestar atención a la duración acordada por la autoridad migratoria mexicana tras el procedimiento control o en el ticket de las E-GATES ya que la duración de la estancia concedida puede estar entre 1 a 180 días máximo.
Sí se requiere visado para entrar en México en los siguientes supuestos:
1.Realizar actividades remuneradas en México.
2.Cursar estudios en México, cualquiera que sea la duración de su estancia. MUY IMPORTANTE: se han presentado casos de estudiantes españoles a los que se ha denegado la matrícula en ausencia de visado.
La Embajada de México en Madrid o el Consulado General de México en Barcelona son la fuente de información más exacta y actualizada en lo que respecta a la normativa mexicana sobre los visados específicos que se exigen para realizar alguna actividad en dicho país.
MUY IMPORTANTE: los visados deben canjearse una vez en México por el documento migratorio correspondiente ante el Instituto Nacional de Migración mexicano. Infórmese ante el citado instituto sobre el procedimiento para realizar el canje.
MUY IMPORTANTE: ya no es posible cambiar la condición de visitante (turista) a residente temporal con permiso para trabajar mientras se permanece en México. En este caso, se debe abandonar el país y tramitar el permiso en un consulado de México en el extranjero después de que el empleador que realice la oferta de trabajo inicie el procedimiento ante el Instituto Nacional de Migración en México.
1.Documentación que justifique el motivo del viaje: las autoridades mexicanas podrán comprobar el motivo de su viaje mediante alguno de los siguientes documentos: Billete de avión de ida y vuelta o por cualquier otro medio de transporte que acredite la salida de México.
2.Reservas y confirmación del alojamiento durante su estancia en México donde figure la dirección y la duración de la estancia.
3.Si el objeto del viaje es turístico o de vacaciones se requiere, además:
a.Documentación del tour turístico (itinerario, billetes, actividades que se realizarán etc.).
b.Medios de subsistencia durante la estancia en México.
c.Lugar de residencia habitual o de procedencia.
d.Actividades a las que se dedica el viajero en España o en el lugar donde resida.
4.Si el objeto del viaje es realizar una actividad profesional de corta duración siempre que el viajero esté empleado y retribuido fuera de México, se requiere, además alguno de los documentos siguientes:
a.Carta Mandato en idioma español de la empresa matriz, filial o subsidiaria extranjera que indique que el viajero es empleado de ella y que el pago de los servicios que prestará en territorio mexicano correrán por cuenta de la misma.
b.Contrato de transferencia de tecnología, patentes y marcas de compraventa de maquinaria y equipo, de capacitación técnica de personal, o de cualquier otro relacionado con el proceso de producción de una empresa establecida en México o que vinculen a la parte extranjera con la parte mexicana, o constancia de nombramiento por la asamblea de accionistas de empresas legalmente establecidas en México (copia).
c.Carta de organización o institución pública o privada en la que se invite al viajero para participar en alguna actividad no remunerada en territorio mexicano, manifieste el objeto de la visita y el tiempo estimado de estancia. En el caso de que la organización o institución sufrague los gastos del viaje y permanencia de la persona extranjera en el territorio nacional, se deberá adjuntar una carta responsiva (de garantía o fianza).
d.Carta de invitación o de aceptación de alguna institución perteneciente al Sistema Educativo Nacional para realizar cursos, estudios o proyectos de investigación o de formación por una temporalidad máxima de 180 días.
5.Otra documentación o información que sea requerida por la autoridad migratoria mexicana.
MUY IMPORTANTE: se están produciendo casos de inadmisión de ciudadanos españoles en los aeropuertos mexicanos (la persona es retenida y obligada a regresar en el primer vuelo disponible con la misma compañía con la que llegó) cuando éstos llegan sin visado y no acreditan el motivo turístico de su viaje. Por ello, se aconseja revisar que se cuenta con toda la documentación justificativa de los viajes turísticos indicada anteriormente.
MUY IMPORTANTE: forma migratoria múltiple
Ya no es necesario rellenar a mano y por escrito la anterior forma migratoria en papel durante el vuelo previo a México. Sobre el pasaporte, tras la pertinente comprobación, el agente de inmigración estampará un sello de entrada en el cual figurará la fecha y el número de días permitidos para la estancia.
En el caso de que sea necesario obtener la forma migratoria para realizar, aun como turista, alguna gestión documental en el país ante las autoridades mexicanas, se puede descargar la misma desde el portal oficial del Instituto Nacional de Migración (INM) tras rellenar los datos solicitados. Para ello tiene un plazo de 60 días naturales después de la entrada en el país. Este enlace cuenta con la información para ello.
MUY IMPORTANTE: E-GATES o filtros de migración autónomos
En los aeropuertos de Ciudad de México y Cancún se han instalado Filtros Migratorios Autónomos (E-GATES) con el objetivo de facilitar y agilizar el ingreso de visitantes al país. Ello implica igualmente que, el antiguo impreso escrito que se rellenaba en el avión, ya no se cumplimenta y el control se hace automáticamente a la entrada en el país.
El Filtro Migratorio Autónomo proporcionará un ticket (al no estamparse ya sello en el pasaporte) en el que figurará el día y hora de admisión, un filtro de admisión, la fecha máxima de estancia, el punto de admisión y un sello digital. Con ese ticket, el extranjero podrá demostrar su regular estancia en el país. Así mismo, para salir del territorio mexicano, será suficiente con que el extranjero presente el ticket en el mostrador de la aerolínea. Este ticket deberá ser conservado durante toda la estancia en México ya que su presentación es obligatoria a la salida del país.
La modalidad de entrada por E-GATES de Ciudad de México y Cancún es únicamente para personas que viajen con fines turísticos, tengan pasaporte español ordinario, sean mayores de 18 años y viajen sin familia. Por tanto, no podrán hacer uso de los E-GATES los viajeros que no cumplan con estos requisitos ni quienes cuenten con una calidad migratoria (tarjeta) otorgada por el Instituto Nacional de Migración ni quienes hayan obtenido previamente ante una Embajada o Consulado mexicano una visa por canje. En estos supuestos, los viajeros deberán pasar por los mostradores donde se encuentra un agente migratorio.
Aunque se haga uso de los E-GATES, los viajeros en todo caso deberán estar en condiciones de proporcionar su pasaporte y demás requisitos solicitados y, si se les requiere, realizar la entrevista con el agente migratorio.
MUY IMPORTANTE: participación en manifestaciones o actividades de naturaleza política:
Con carácter general, la Constitución mexicana prohíbe a los extranjeros inmiscuirse en la política nacional. Por ello, quienes han entrado en el país en calidad de turistas no pueden tampoco participar en manifestaciones u otras actividades de naturaleza política pues, de lo contrario, pueden ser detenidos y expulsados del país Esta recomendación, válida para todo el país, es particularmente aplicable en los estados de Oaxaca y Chiapas, donde deben evitarse las manifestaciones públicas y no se debe tomar parte en actos o actividades que puedan ser consideradas como políticos por las autoridades mexicanas.
MUY IMPORTANTE: salida de menores e incapaces de territorio mexicano:
Los menores que salgan de México solos o acompañados por un tercero distinto de sus padres o tutores, deberán presentar a su salida un documento otorgado ante fedatario público o por autoridad que tenga facultad para ello en el que conste la autorización de ambos padres o de quienes ejerzan sobre ellos la patria potestad o la tutela. Cuando se trate de un documento otorgado en el extranjero, deberá ser legalizado o apostillado según sea el caso, con su traducción cuando se trate de idioma distinto al español.
MUY IMPORTANTE: ciudadanos españoles que vayan a realizar funciones de observación en materia de Derechos Humanos:
Los ciudadanos españoles que vayan a dedicarse en territorio mexicano a la realización de funciones de observación en materia de Derechos Humanos deberán observar escrupulosamente los requisitos señalados en la legislación de ese país, obteniendo, con carácter previo a su entrada en México, en las Embajadas o Consulados de México en el exterior, la condición migratoria del Visitante Observador de Derechos Humanos. Para mayor información, visítese el Instituto Nacional de Migración.
MUY IMPORTANTE: ciudadanos españoles que viajen a México para trámites de adopción
Los españoles que viajen a México para tramitar una adopción deben solicitar ante la sección consular de la Embajada de México o ante un Consulado Mexicano una "visa de visitante para realizar trámites de adopción".
MUY IMPORTANTE: infracciones de la normativa migratoria:
La infracción de la normativa migratoria, incluida la realización de actividades incompatibles con la condición migratoria que se ostente o la permanencia en el país como turista más tiempo de los 180 días autorizados, puede conllevar la "retención" de la persona en una estación migratoria y su expulsión de México.
MUY IMPORTANTE: Desplazamiento a Estados Unidos desde México:
Se recomienda a los ciudadanos españoles que desde México se desplacen a los Estados Unidos, que consulten detenidamente las recomendaciones de viaje para ese país que proporciona la página web de este Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación al objeto de cerciorarse de que cumplen los requisitos de entrada.
Vacunas
•Obligatorias: Ninguna
•Recomendadas: Ninguna
Trámites
Información para ingresas como pasajero
Importación temporal de equipo profesional de periodismo
Obligación de declarar cantidades superiores a 10.000 dólares y mercancía distinta a su equipaje
Requisitos para introducir vegetales, animales y productos en México
Inscripción en el registro de matrícula consular
Los españoles residentes deben inscribirse en el Registro de Matrícula Consular. Se recomienda que también lo hagan quienes permanecen temporalmente en el país como "no residentes" con el fin de poder facilitar su localización en caso de necesidad. La solicitud de inscripción puede hacerse directamente en uno de los tres Consulados Generales de España en México (México, Guadalajara o Monterrey) o a través de la red de Consulados Honorarios de España en las principales ciudades del país:(Acapulco, Cancún, Mérida, Morelia, Oaxaca, Puebla, Querétaro, San Luís Potosí, San Miguel de Allende, Tlaxcala, Tuxtla Gutiérrez, Veracruz, Aguascalientes, Los Cabos - La Paz, Hermosillo, Culiacán, Durango, Chihuahua, Tampico, Tijuana y Torreón).
Enlaces de interés:
Embajada y Consulado de México en Madrid Consulado de México en Barcelona
Consulados Honorarios de México en España
Instituto Nacional de Migración
Debido a la situación actual causada por la Pandemia del Coronavirus (⛔ COVID-19), recomendamos la lectura minuciosa de los apartados de Sanidad, Seguridad y Tramites de Embajadas, antes de planificar su viaje a cualquier país. En la situación actual, las condiciones de entrada y estancia en cualquier país, pueden cambiar sin previo aviso y los documentos de acceso al país, anulados de forma imprevista.
Prefijo del país : + 52
Embajada de España en México
Galileo 114 (esq. Horacio) Col. Polanco, 11560 México D.F
Teléfonos: (52)(55) 5282-2974, (52)(55) 5282-2271, (52)(55) 5282-2459, (52)(55) 5282-2763, (52)(55) 5282-2982
Fax: (52)(55) 5282-1302, (52)(55) 5282-1520
Correo electrónico: emb.mexico@maec.es
Consulado General de España en México
Galileo 114(esq. Horacio) Colonia Polanco11560 México D.F.
Teléfonos: 52 80 45 08/ 43 83/ 46 33 | 52 81 71 13/ 71 46.
Fax: 52 81 07 42.
Correo electrónico: cog.mexico@maec.es![]()
Consulados Honorarios dependientes de este Consulado General:
Consulado General de España en Guadalajara
C/Pablo Neruda 2710 - piso 5º C.P. 44630 - Guadalajara, Jalisco (México)
Teléfonos: 33 3630 0450/ 66.
Teléfonos desde España: +52 33 3630 0450
Correo electrónico: cog.guadalajara@maec.es
Consulados Honorarios dependientes de este Consulado General:
Correo electrónico: consags@gmail.comConsulado Honorario en Aguascalientes (Jurisdicción Estados de Aguascalientes y Zacatecas)
Cónsul Honorario: D. Daniel Alejandro Muñoz Romo.
Río Volga 101, Colinas del Río 20010, Aguascalientes, Aguascalientes.
Teléfonos: (+52) (449) 914 3776 Móvil:(+52) 449 106 7040
Consulado General de España en Monterrey
Oficinas en el Parque, Torre II, piso 7. Av. Díaz Ordaz, n.º 140 Pte. Colonia Santa María, 64650 Monterrey.
Teléfonos: 83 56 33 86 | 87 y 83 56 33 66.
Si llama desde Monterrey o de otra localidad del estado de Nuevo León, sin prefijo.
Si llama desde México, pero desde fuera de Nuevo León, con el prefijo 0181.
Si llama desde fuera de México (llamada internacional), 005281.
Fax: (52 81) 8356 3382.
Correo electrónico: cg.monterrey@maec.es
Consulados Honorarios dependientes de este Consulado General:
Teléfonos de interés
A nivel federal:
Emergencias (para reportar emergencias médicas, accidentes de tráfico, delitos, incendios o cualquier situación que ponga en riesgo la vida o integridad de las personas. Canaliza la atención de policía, ambulancias, bomberos y Protección Civil):
Ángeles Verdes (para solicitar auxilio mecánico en carretera, orientación turística y acompañamiento en cada kilómetro)•Teléfono: 911.
•Dirección: Av. Viaducto Miguel Alemán 81, Escandón I, C.P. 11800, Ciudad de México.•Teléfono: 078.
•App disponible.
Guardia Nacional (para comunicar incidentes y solicitar auxilio mecánico en autopistas y vías federales, denunciar robos en tránsito o alertar sobre situaciones sospechosas y solicitar orientaciones relacionadas con la seguridad pública en ámbitos de competencia federal):
•Teléfono: 088.
Sistema Nacional de Seguridad Pública (para denunciar de forma anónima delitos como extorsión, narcotráfico, trata de personas o corrupción):
•Teléfono: 089.
•Fiscalía General de la República (FGR):Dirección: Dr. Velasco 175, Colonia Doctores, Alcaldía Cuauhtémoc, C. P. 06720, Ciudad de México.
•Teléfono: 55 53 46 42 49
A nivel estatal:
Policía Turística de la Ciudad de México:
•Dirección: calle Florencia 14, colonia Benito Juárez, alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México
•Teléfono: 52 07 41 55.
•Número de WhatsApp: 55 48 91 11 66.
•Correo electrónico: turistica.cat@gmail.com
Atención ciudadana del Estado de Jalisco:
•Teléfono: (33) 3668 1804, zona metropolitana de Guadalajara; 01 800 (5254726), interior de Jalisco y todo México.
Atención ciudadana Estado de Nuevo León:
•Teléfono: 070
Otros teléfonos de interés:
Iberia:
•Teléfono: 55 69 52 89 25
Aeroméxico:
Teléfonos de Emergencia de los Consulados Generales:•55 5133 4000 (con coste); 1 800 237 6639 (gratuito).
Información y recomendaciones del Ministerio de Asuntos Exteriores de España para viajeros en México.
SE RECOMIENDA VIAJAR CON EXTREMA PRECAUCIÓN Y ABSTENERSE DE HACERLO POR DETERMINADAS ZONAS
Se sugiere leer con atención el resto de estas Recomendaciones de viaje.
Viajes con motivo de la Copa Mundial de la FIFA 2026
Se recomienda consultar el siguiente enlace sobre la Copa Mundial de la FIFA 2026, adicional al resto de Recomendaciones de Viaje que figuran en esta página
Riesgos naturales
Debido a su situación geográfica, México es un país sujeto a diversos riesgos derivados de fenómenos naturales, entre los que destacan los huracanes, los seísmos y las erupciones volcánicas.
Para más información sobre los riesgos asociados a los fenómenos naturales, se recomienda leer el apartado "OTROS" de estas recomendaciones de viaje.
Salud
Es necesario prestar atención a determinadas enfermedades presentes en el país como los virus del Dengue, el Chikungunya y el Zika. Para más información se recomienda leer el apartado de SANIDAD.
No existe convenio de seguridad social con México en materia de atención sanitaria, por lo que ES IMPRESCINDIBLE VIAJAR CON SEGURO MÉDICO, lo más amplio posible si se desea contar con una cobertura médica similar a la española. Se recomienda leer el apartado de SANIDAD.
Seguridad
La situación de inseguridad que atraviesa México, especialmente, pero no únicamente, en los estados del norte del país, debe ser tenida en cuenta por quienes tengan previsto viajar a este país y por los ciudadanos españoles residentes en el mismo. Más información en el apartado SEGURIDAD.
Visados
Las personas que viajen por motivos turísticos a México no requieren de visado. No obstante, tanto en éste y, particularmente en los demás casos de desplazamientos a México, se sugiere leer cuidadosamente el apartado DOCUMENTACIÓN Y VISADOS.
Ministerio de Asuntos Exteriores: Recomendaciones de viaje, visados necesarios para visitar un país, condiciones de seguridad… Web del Ministerio de Asuntos Exteriores
Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social: Recomendaciones sobre sanidad para viajeros, tarjeta sanitaria europea, etc. http://www.mscbs.gob.es/
Ministerio de Interior: Expedición de pasaportes, denuncia por pérdida o extravio del documento. http://www.interior.gob.es/
Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social: Ayudas, inserción social, etc. http://www.mitramiss.gob.es/
BOE: Boletín oficial del Estado https://www.boe.es
LosViajeros.com: El mayor Foro de Viajes en Español...
Google-Earth: El programa para explorar el Planeta...