Paseo de la Castellana, 15, 5ª Planta
28046 Madrid.
Tel.: 913 10 69 26
Fax : 913 10 48 51
E-mail:
Página web: https://madrid.embassy.qa/en/the-embassy/contact
Pasaporte / DNI
Pasaporte con validez de, al menos, 6 meses.
Las autoridades de Qatar no reconocen los pasaportes provisionales de terceros países como documento válido para ingresar en su territorio salvo que tengan visado obtenido en alguna de sus representaciones en el exterior (visado que no se podrá tramitar a la llegada).
Visados
Los ciudadanos españoles que viajen a Qatar no necesitan solicitar visado de entrada al país; en su lugar, se expedirá un permiso de entrada múltiple en el aeropuerto de entrada.
Para la obtención de dicho permiso, será necesario la presentación de un pasaporte con una validez mínima de seis meses, así como la confirmación de reserva o el billete de vuelta.
Asimismo, en caso de que la estancia sea superior a 30 días, será requerido la contratación de un seguro médico local o presentar seguro médico internacional con cobertura en Qatar que cumpla con los requisitos de la legislación local (ver enlace a continuación). El coste de la póliza mínima es de 50 QAR (unos 13 euros). Puede encontrar más información, así como contratar la póliza, en el siguiente enlace: https://www.moph.gov.qa/english/derpartments/policyaffairs/hfid/Pages/Health-Insurance-Scheme.aspx
Los titulares de una tarjeta Hayya podrán utilizar dicho documento para viajar a Qatar hasta el 24 de enero de 2024. Se exigirá adicionalmente la presentación del pasaporte con la validez suficiente, billete de vuelta y seguro médico (esto último para estancias superiores a 30 días).
Cuando el objeto del viaje no sea el turismo, es fundamental solicitar el tipo de visado correspondiente al propósito del viaje que se realiza. No se deben solicitar visados de turismo si el turismo no es el fin de su desplazamiento a Qatar.
Los españoles que se desplacen al país para trabajar o en visita de negocios deben informarse ante las autoridades cataríes sobre el tipo de visado necesario y cómo tramitarlo (ver último párrafo de este apartado).
La prensa extranjera que se desplace al país para el ejercicio de actividades informativas debe gestionar el permiso pertinente ante las autoridades de Qatar (puede hacerse online en la página web mencionada más abajo). En el pasado, se han producido detenciones de periodistas extranjeros que habían entrado en el país como turistas y que habían accedido a ciertas zonas sin la autorización preceptiva.
Las autoridades de Qatar pueden denegar la entrada a cualquier persona, sin necesidad de explicar los motivos y sin que la Embajada de España en Doha pueda hacer nada al respecto.
Para mayor información sobre tipo de visado, tramitación y cuestiones relacionadas, consulte la página Web oficial: https://hukoomi.gov.qa/ o diríjase a la Embajada de Qatar en Madrid (https://madrid.embassy.qa/
Vacunas
Para más información, consulte la siguiente página Web:
www.msc.es/ciudadanos/proteccionSalud/vacunaciones/home.htm
Debido a la situación actual causada por la Pandemia del Coronavirus (⛔ COVID-19), recomendamos la lectura minuciosa de los apartados de Sanidad, Seguridad y Tramites de Embajadas, antes de planificar su viaje a cualquier país. En la situación actual, las condiciones de entrada y estancia en cualquier país, pueden cambiar sin previo aviso y los documentos de acceso al país, anulados de forma imprevista.
Paseo de la Castellana, 15, 5ª Planta
28046 Madrid.
Tel.: 913 10 69 26
Fax : 913 10 48 51
E-mail:
Página web: https://madrid.embassy.qa/en/the-embassy/contact
Prefijo País: 974
Teléfonos de interés:
Emergencias (Bomberos, policía, ambulancias): 999
Información telefónica: 180
Hamad Hospital centralita: 4439 2222 / 4439 4444
Radio taxi: 4458 8888
Información meteorológica: 4448 0444
Aeropuerto Hamad International de Doha centralita: 4010 6666
Oficina de Turismo de Qatar: 106 / 4444 4106 / info@qatartourism.gov.qa
Directorio Oficial de teléfonos útiles:
http://portal.www.gov.qa/wps/portal/directory/usefulnumbers
REPRESENTACIÓN DE ESPAÑA:
Embajada de España en DOHA
Villa number 9. Saha Street 93
Wadi Umm Sarma (Street number 563, Zone 66)
DOHA - Pobox: 24616
QATAR
Teléfono : + 974 4429 0555
Fax : + 974 4483 58 87
Correo electrónico: emb.doha@maec.es
Página web:
http://www.exteriores.gob.es/embajadas/doha/es/Paginas/inicio.aspx
Teléfono de emergencia consular: +974 55862411 (teléfono exclusivo para emergencias consulares de ciudadanos españoles; no se facilitará información a otros efectos que la atención exclusiva de la emergencia).
Horario de atención al público: de domingo a jueves de 9:00 a 13:00, permaneciendo cerrada al público los viernes y sábados siguiendo el fin de semana musulmán.
Información y recomendaciones del Ministerio de Asuntos Exteriores de España para viajeros en Catar.
NO HAY RESTRICCIONES ESPECÍFICAS RELATIVAS A VIAJES A ESTE PAÍS. Se sugiere leer con atención el resto de estas recomendaciones de viaje.
Los ciudadanos españoles que viajen a Qatar no necesitan solicitar visado de entrada al país; en su lugar, se expedirá un permiso de entrada múltiple en el aeropuerto de entrada. Será necesario presentar pasaporte, confirmación de alojamiento y billete de salida del país. En caso de que la estancia sea superior a 30 días, será necesario presentar además un seguro médico con cobertura en Qatar. El Ministerio de Sanidad catarí ha puesto a disposición el siguiente enlace para la contratación del seguro médico:
https://www.moph.gov.qa/english/derpartments/policyaffairs/hfid/Pages/Health-Insurance-Scheme.aspx
Está prohibida la importación del cerdo y sus derivados, así como la importación de bebidas alcohólicas (aunque sea adquirido en el "duty free" de aeropuertos o aviones) y material pornográfico. La adquisición y consumo de alcohol dentro de Qatar tan sólo puede realizarse en los lugares legalmente habilitados para tal efecto.
También se aconseja ser especialmente respetuoso con las costumbres y tradiciones locales, en especial, las muestras públicas de afecto, incluso entre familiares. El Estado de Qatar no reconoce a las parejas de hecho y considera el adulterio como un delito. Igualmente, la legislación de Qatar establece que la homosexualidad es delito.
Por otro lado, se recuerda que la prostitución, el tráfico, tenencia y consumo de drogas son delitos castigados con severas penas de privación de libertad.
El tránsito a través del aeropuerto de Doha es posible siempre y cuando no se abandone la zona internacional del aeropuerto y se tenga garantizada la entrada en el destino final del viaje. Se recomienda contactar a la aerolínea antes de la realización del viaje sobre las condiciones del tránsito internacional.
Las autoridades cataríes son muy estrictas cuando las compañías aéreas les informan de que algún pasajero contraviene la normativa DE PROHIBICIÓN DE FUMAR EN LOS AVIONES, imponiendo en su caso multas y sanciones e incluso detención del pasajero a su llegada a Doha.
Qatar sigue siendo uno de los países más estables y seguros de la región. No obstante, debido a la inestabilidad regional no pueden descartarse, como en ningún país del mundo, ataques terroristas aleatorios, manifestaciones, protestas, disturbios o actos de violencia.
SE RECOMIENDA a todos los residentes y a los viajeros que visitan Qatar y estén siguiendo un tratamiento farmacológico específico, que lleven consigo las RECETAS MÉDICAS correspondientes, muy especialmente para tratamientos de larga duración u/o que contengan sustancias estupefacientes o psicotrópicas. Ver el apartado otros para más información. Puede encontrar la información sobre medicamentos y sustancias restringidas en el siguiente enlace: https://www.moph.gov.qa/_layouts/15/download.aspx?SourceUrl=/Admin/Lists/PublicationsAttachments/Attachments/201/Guideline-of-Controlled-Drugs-for-Travellers%20-%20English.pdf
Ministerio de Asuntos Exteriores: Recomendaciones de viaje, visados necesarios para visitar un país, condiciones de seguridad… Web del Ministerio de Asuntos Exteriores
Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social: Recomendaciones sobre sanidad para viajeros, tarjeta sanitaria europea, etc. http://www.mscbs.gob.es/
Ministerio de Interior: Expedición de pasaportes, denuncia por pérdida o extravio del documento. http://www.interior.gob.es/
Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social: Ayudas, inserción social, etc. http://www.mitramiss.gob.es/
BOE: Boletín oficial del Estado https://www.boe.es
LosViajeros.com: El mayor Foro de Viajes en Español...
Google-Earth: El programa para explorar el Planeta...