Circulación De Personas Por El Espacio Schengen

La entrada en vigor del Convenio de Aplicación del Acuerdo o Tratado de Schengen entraña la supresión de los controles en las fronteras interiores y el traslado de éstos a las fronteras exteriores. Toda persona que haya entrado regularmente por la frontera exterior de una de los países que aplican el Convenio tendrá derecho, en principio, a circular libremente por el territorio de todas ellas durante un período que no supere los tres meses por semestre.

Actualmente los países que aplican el Convenio Schengen son: Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, España, Finlandia, Francia, Grecia, Holanda, Islandia, Italia, Luxemburgo, Noruega, Portugal y Suecia.

Documentación

La documentación requerida para trasladarse entre los Estados que aplican el Convenio Schengen es la que se detalla a continuación:

  1. Españoles
    - Documento Nacional de Identidad o pasaporte en vigor.
  2. Nacionales del Resto de Estados Miembros de da Unión Europea o del Espacio Económico
    - Documento Nacional de Identidad o pasaporte en vigor.
  3. Extranjeros Residentes en un Estado que aplique el Convenio De Schengen
    - Documento de viaje en vigor y autorización de residencia.
  4. Extranjeros No Residentes en los Estados que aplican el Convenio De Schengen
    - Documento de viaje en vigor, con el visado cuando éste sea exigido.

En estos casos, la circulación se podrá realizar del modo siguiente:

  • Los titulares del visado uniforme, válido para el territorio de todos los Estados mencionados, podrán circular durante los días de estancia indicados en el mismo.
  • Los que no estén sujetos a la obligación de visado podrán circular durante tres meses como máximo en un período de seis meses, a partir de la fecha de la primera entrada.
  • Los titulares de una autorización de residencia expedida por cualquiera de los Estados citados podrán circular por un período máximo de tres meses.

Requisitos de declaración:

  • Los extranjeros mencionados en el apartado anterior, que entren regularmente en el territorio de un Estado parte procedente de cualquiera de los restantes Estados están obligados a declararlo a las autoridades competentes del Estado en que entren.
  • Esta declaración podrá efectuarse en el momento de la entrada o en el plazo de tres días hábiles, a partir de la misma.
  • En España esta declaración se realizará en cualquier Comisaría del Cuerpo Nacional de Policía o en las Oficinas de Extranjeros en el plazo mencionado, si no se hubiese efectuado en el momento de la entrada.
Visados de Entrada y Salida
Foro  Pasaportes y Visados:  Información sobre Visados y Pasaportes: trámites...
11h:01
HEMANTE  HEMANTE
Hola: Se considera renovación; tendrás que llevar el pasaporte caducado y abonar las tasas correspondientes además de una foto tipo carnet...
10h:47
JotaR  JotaR
Vale. En la web de los visados te dice los requisitos
18h:21
Traveller3  Traveller3
Si la llevas impresa y es visible ....
18h:07
Javiky13  Javiky13
Yo no he llevado el empadronamiento nunca...ni cuando lo hice la primera vez, ni las veces que lo he renovado....
16h:27
Carlos30  Carlos30
Hola Tengo el pasaporte caducado desde el 2015. Mañana voy a hacermelo, pero se considera renovación o seria uno nuevo? Que documentos necesito...
07h:36
Aidara  Aidara
Entonces el pasaporte podría seguir usándolo mientras no estuviera caducado aunq en el registro civil tenga un nombre distinto verdad?? Gracias.
22h:40
Salodari  Salodari
Mensajes movidos a este hilo
22h:07
Dificilisima  Dificilisima
No habría problema si tu pasaporte tiene la vigencia necesaria.
20h:49
Aidara  Aidara
Hola, tengo un problema y me gustaría saber qué opinais. El caso es que el año que viene me voy unos días a Argentina, pero estoy en papeleo por el...
01h:45
Spainsun  Spainsun
Como información de interés: el Pasaporte se puede renovar 1 año antes de que caduque y el solo DNI 6 meses antes de que caduque. Es necesario cita...
Datos obtenidos de: https://www.losviajeros.com/

Webs Oficiales

Ministerio de Asuntos Exteriores: Recomendaciones de viaje, visados necesarios para visitar un país, condiciones de seguridad… Web del Ministerio de Asuntos Exteriores

Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social: Recomendaciones sobre sanidad para viajeros, tarjeta sanitaria europea, etc. http://www.mscbs.gob.es/

Ministerio de Interior: Expedición de pasaportes, denuncia por pérdida o extravio del documento. http://www.interior.gob.es/

Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social: Ayudas, inserción social, etc. http://www.mitramiss.gob.es/

BOE: Boletín oficial del Estado https://www.boe.es


Nuestros Diseños Web

LosViajeros.com: El mayor Foro de Viajes en Español...

Google-Earth: El programa para explorar el Planeta...