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🏛️¿Dónde está la embajada o consulado de Costa Rica en España?

Embajada de Costa Rica en España

Calle Ríos Rosas nº 54, planta baja derecha

28003 Madrid.

Tel.: 91 345.96.22 Fax : 91/353.37.09

E-mail: embcr-es@rree.go.cr

Además de su Embajada en Madrid, Costa Rica cuenta con Consulados Honorarios en Barcelona, Gran Canaria y Málaga.

¿Qué documentos se necesitan para viajar a Costa Rica?

- Pasaporte / DNI:

Pasaporte en vigor, con espacio suficiente en la libreta para estampar el sello de entrada y en buen estado. En el caso de que viaje a otros destinos desde Costa Rica, recuerde que debe consultar la vigencia mínima del pasaporte exigida en éstos para evitar problemas. El DNI no es un documento válido para ingresar a Costa Rica. Únicamente los pasajeros procedentes de China, Hong Kong, Macao, Taiwán o que hayan estado en esos territorios en los 14 días previos al ingreso en Costa Rica, deberán presentar certificado de vacunación (mayores de 12 años), así como una prueba PCR o antígeno con resultado negativo en Covid-19 realizada por un laboratorio y con 72 horas máximo antes del ingreso al país. Para más información respecto al Covid-19 se recomienda consultar el apartado Sanidad.

- Billete ida/vuelta.

Las autoridades costarricenses exigen a los viajeros que ingresen en el país que cuenten con un billete de vuelta.

- Visados:

Los ciudadanos es

​pañoles no necesitan visado para estancias inferiores a 180 ​días. Si desea permanecer en Costa Rica por tiempo superior, póngase en contacto con la Embajada de Costa Rica en España antes de iniciar su viaje, puesto que con carácter general, los visados de residencia deben tramitarse antes de llegar al país y no una vez en él.

Para mayor información, puede consultar la dirección electrónica de la Dirección General de Migración y Extranjería de Costa Rica.

https://www.migracion.go.cr/SitePages/Inicio.aspx

- Escala o paso por Estados Unidos:

Si en su viaje de ida o de regreso de Costa Rica debe pasar por los EE.UU., infórmese en la Embajada de EE.UU. en Madrid (Calle Serrano 75, 28006 Madrid, tel: 91 587 2200, fax: 91 587 2303) sobre las características que debe reunir su pasaporte y sobre la necesidad de solicitar una autorización mediante el Sistema Electrónico para la Autorización de Viajes (Electronic System Travel Authorization - ESTA).

Tenga en cuenta que los EE.UU exigen visado en el caso que sea usted titular de un pasaporte provisional español, que es el que se expide en caso de robo o pérdida de su pasaporte ordinario.

- Permisos de conducir:

El Consejo de Seguridad Vial dispone que todo conductor (costarricense o extranjero) podrá conducir los mismos vehículos que autoriza su licencia extranjera por un plazo de hasta tres meses contando a partir de su última entrada al territorio nacional.

- Tasa de salida del país:

$29,00 (algunas aerolíneas incluyen este monto en el coste del billete).

-Autorización de salida de los menores costarricenses y residentes:

La legislación de Costa Rica concede a los menores nacidos en Costa Rica, tanto de padres costarricenses como extranjeros, la nacionalidad costarricense. Ello incluso aunque los progenitores no hayan registrado al menor como nacional costarricense.

Lo anterior debe tenerse en cuenta porque la legislación de Costa Rica no permite la salida de menores costarricenses o con residencia permanente sin una autorización expedida por la Dirección General de Migraciones y Extranjería de Costa Rica y otorgada por los dos progenitores a favor de ambos progenitores, de uno de ellos o de un tercero.

Si éste es su caso y tiene previsto que el menor se desplace solo a Costa Rica, deberá Vd. ponerse en contacto con la Embajada de Costa Rica en España, antes del viaje, para realizar los trámites necesarios. Si tiene Vd. previsto viajar posteriormente a Costa Rica para regresar con el menor, también podrá realizar ese trámite en Costa Rica, pero sabiendo que se exigirá que los padres del menor estén presentes para solicitar la autorización y aporten fotocopia del pasaporte del menor y de los suyos propios.

En los últimos años se han presentado varios casos de españoles afectados por esta medida.

-Autorización de salida de menores españoles de España:

Desde el 1 de septiembre de 2019, aquellos menores que viajen fuera de España solos o acompañados de adultos que no ejerzan su patria potestad deberán contar con una declaración firmada de permiso de viaje fuera del territorio nacional. La declaración no será necesaria si los menores viajan acompañados de cualquiera de sus representantes legales.

Para tramitar la declaración, únicamente es necesaria la comparecencia de uno de los representantes legales del menor, que podrá solicitarse ante la Embajada de España en Costa Rica, en la pestaña sobre trámites consulares

- Vacunas:

* Obligatorias: Ninguna si viaja directamente desde España.

Sin embargo, el gobierno costarricense exige la vacuna contra la fiebre amarilla para las personas que procedan de ciertas áreas geográficas, que puede consultar en la siguiente página del Ministerio de Salud Pública de Costa Rica:

https://www.ministeriodesalud.go.cr/index.php

Este requisito será verificado por la persona de la línea aérea encargada de la revisión de los documentos de salida.

* Recomendadas: Ninguna.

Para más información, consulte la siguiente página web

https://www.sanidad.gob.es/ciudadanos/proteccionSalud/vacunaciones/home.htm

¿Dónde obtener el visado online para Costa Rica?

Debido a la situación actual causada por la Pandemia del Coronavirus (⛔ COVID-19), recomendamos la lectura minuciosa de los apartados de Sanidad, Seguridad y Tramites de Embajadas, antes de planificar su viaje a cualquier país. En la situación actual, las condiciones de entrada y estancia en cualquier país, pueden cambiar sin previo aviso y los documentos de acceso al país, anulados de forma imprevista.

🏛️¿Dónde está la embajada o consulado de España en Costa Rica?

Se recuerda que el número de teléfono para emergencias consulares de la Embajada en Costa Rica es el (00506) 60509853, y se encuentra activo 24/7, todos los días del año.

Prefijo País: 506

Teléfonos de interés:

Aeropuerto Juan Santamaría:

Administración: 2437-2400

Información vuelos: 2 437-2626 o IBERIA: 4036 0069

Aeropuerto:2 441-2591

Teléfonos de urgencia: 911

Este único número le contacta con: Bomberos, Fuerza Pública, Cruz Roja Costarricense, Tránsito y Organismo de Investigación Judicial (OIJ).

Instituto Costarricense de Turismo

Departamento de Servicio al Turista

E-mail: quejas@ict.go.cr

Tel: 2299 5828 Fax 2291 4739

Página web del ICT. (https://www.ict.go.cr/es/

DENUNCIAS ORGANISMO DE INVESTIGACIÓN JUDICIAL-OIJ (Robos, agresiones, etc.):

Tel. 800-8000 645

HOSPITALES PÚBLICOS:

Hospital México: (506) 22 42 67 00

Hospital San Juan de Dios: (506) 25 47 80 00

Hospital Calderón Guardia: (506) 22 12 10 00

Hospital Nacional de Niños: (506) 25 23 36 00

EMBAJADA DE ESPAÑA EN SAN JOSÉ DE COSTA RICA

Cancillería:

Calle 32 (entre Paseo Colón y Avenida Segunda).-San José. P.O:Box: 10150.-1000 San José.

Teléfono/s: (00 506) 222 257 45 y 222 170 05.

El horario de atención al público en la Sección Consular es de 8 a 12 horas.

Teléfono de Emergencia Consular (para casos urgentes y fuera del horario de trabajo de la Embajada) es (+506) 6050 9853

Fax/es: 00 506 2257 5126

Dirección de correo: emb.sanjose@maec.es

Consejería de Empleo y Seguridad Social:

Carretera a Pavas, costado norte Antojitos.-San José. P.O.Box: 2058.-1000 San José.

Teléfono/s: 223 270 11 y 223 275 92

Fax/es: 223 175 34

Dirección de correo: costarica@meyss.es

Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación:

Calle 32. Avdas. 0 y 1, Edificio La Carmelita.- P.O.Box: 10150.-1000 San José.

Teléfono/s: 222 298 23

Fax/es: 222 297 33

Dirección de correo: sanjose@magrama.es

Oficina Técnica de Cooperación AECI:

Plaza del Farolito, Barrio Escalante. - San José

Teléfono/s: 225 729 19, 225 729 20 y 225 729 21 y 225 729 22

Fax/es: 225 729 23

Dirección de correo: otc.costarica@aecid.es

Centro Cultural de España:

Plaza del Farolito, Barrio Escalante.-San José.

Teléfono/s: 225 729 19, 225 729 20 y 225 729 21 y 225 729 22

Fax/es: 222 291 05

Dirección de correo: cultural.cc.costarica@aecid.es

Cámara Oficial Española de Comercio:

Sabana Sur del Supermercado AM/PM,100 mts Sur, Centro Comercial Sabana Sur, Local nº 40

P.O.Box:10115.-1000 San José.

Teléfono/s: 22 96 17 00

Fax/es: 222 577 79


🛃Recomendaciones de Viaje a Costa Rica

Información y recomendaciones del Ministerio de Asuntos Exteriores de España para viajeros en Costa Rica.


SE RECOMIENDA VIAJAR CON PRECAUCIÓN. Se sugiere leer con atención el restos de estas recomendaciones de viaje.

Desde el 1 de abril de 2022 están derogadas las medidas migratorias temporales que se adoptaron para ingresar en Costa Rica con objeto de prevenir el COVID-19

Se recuerda que el número de teléfono para emergencias consulares de la Embajada en Costa Rica es el (00506) 60509853 y se encuentra activo 24/7.


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Nosotros volvimos ayer y tampoco encontramos ninguna cola y no pagamos ningún impuesto de salida
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Correcto!!! Iba asustado al respecto y con mucha antelación y pasamos super rápido!!!!
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Vaya suerte! Cómo se puede saber si las tienes incluidas? Nosotros volaremos con Lufthansa, voy a mirar.
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SERGIBCN  SERGIBCN
Las tasas de salida, me refiero
23h:22
SERGIBCN  SERGIBCN
Al finallas teniamos incluidas con american airlines
Datos obtenidos de: https://www.losviajeros.com/

Webs Oficiales

Ministerio de Asuntos Exteriores: Recomendaciones de viaje, visados necesarios para visitar un país, condiciones de seguridad… Web del Ministerio de Asuntos Exteriores

Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social: Recomendaciones sobre sanidad para viajeros, tarjeta sanitaria europea, etc. http://www.mscbs.gob.es/

Ministerio de Interior: Expedición de pasaportes, denuncia por pérdida o extravio del documento. http://www.interior.gob.es/

Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social: Ayudas, inserción social, etc. http://www.mitramiss.gob.es/

BOE: Boletín oficial del Estado https://www.boe.es


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